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martes, 14 de septiembre de 2010

Acerca de la Suspensión de Labores debido a las Actividades del Bicentenario

C.C. Jefes de Sector
y Supervisores Escolares
PRESENTE

Con base en el Decreto No.330, realizado por el Presidente de la República Mexicana, Lic. Felipe de Jesús Calderón Hinojosa, y publicado en el Diario Oficial de la Federación, se considera como periodo de descanso obligatorio los días 15, 16 y 17 de septiembre de 2010, ya que en dicho periodo “el Gobierno Federal, los Gobiernos Estatales y Municipales llevarán a cabo eventos y actividades cívicas, educativas, culturales y recreativas dirigidas a la población en general…” y con ello se logra “…promover la activa participación ciudadana” en estas festividades así como “contribuir a dar sustento a la unidad nacional y preservar la cohesión social”.

Por último, sólo queda recalcar que las escuelas deberán tomar medidas necesarias para recuperar las actividades que se realizarían el día 17 de septiembre, con el fin de dar cumplimiento a los programas de estudio. Los siguientes puntos pueden ser algunas acciones susceptibles de ser aplicadas:
·         Promover la participación de los estudiantes en las actividades del Bicentenario de inicio del Movimiento de Independencia Nacional, pues ello contribuye al reforzamiento de contenidos curriculares de diversas materias como Historia o Formación Cívica y Ética.
·         Evitar actividades no curriculares con el fin de reducir las interrupciones al desarrollo del los programas de estudio.
·         Reducir las cargas administrativas de los profesores, lo que permite más horas efectivas del proceso de enseñanza – aprendizaje.

Sin otro particular, les agradezco sus diligentes atenciones.



ATENTAMENTE

MTRA. LUDIVINA VIZNADO FELIZARDO
SUBDIRECTORA DE ESCUELAS TELESECUNDARIAS

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